martes, 15 de julio de 2025

AMBITO LEGAL

AMBITO LEGAL

  • El artículo 265 del Código Penal sanciona con 16–90 meses de prisión y 6,66–37,5 SMMLV de multa el daño a bienes muebles o inmuebles; si el daño es ≤ 10 SMMLV, la pena es de 16–36 meses y multa hasta 15 SMMLV 

  • Si se repara el daño antes de sentencia de primera instancia, el proceso penal puede cesar o precluir 

  • Además del tema penal, existe obligación de responsabilidad civil extracontractual por daños materiales o morales .

  • Se puede presentar la acción civil como parte civil en el proceso penal o en un proceso civil separado .

  • Se requiere probar la conducta, el daño, el nexo causal y la culpa o dolo para obtener indemnización .



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